Impuestos de inversiones en España: cómo declarar ETF y fondos
Cada año, miles de inversores cometen errores costosos al declarar sus inversiones en la Renta. Algunos pagan impuestos de más por desconocimiento. Otros reciben cartas de Hacienda por declarar mal o por no declarar.
Esta guía explica la fiscalidad de las inversiones en España en 2026: cómo tributa el trading, cómo tributan los ETFs y los fondos indexados, qué pasa con los dividendos y las criptomonedas, qué cambia si eres inversor extranjero y cómo diferir impuestos de forma legal. Si estás empezando, te conviene leer antes la guía para invertir desde cero.
Contenido informativo de carácter general, no es asesoramiento fiscal. Verificado con la normativa y los manuales de la Agencia Tributaria a 5 de octubre de 2026. En casos complejos (no residentes, derivados, criptomonedas) consulta con la AEAT o con un asesor fiscal.
🎯 Lo Que Aprenderás en Esta Guía
- Tramos del IRPF en inversiones vigentes en 2026 (19% al 30%)
- Fiscalidad del trading: compensación de pérdidas, regla de los dos meses y método FIFO
- Inversores extranjeros y no residentes: IRPF frente a IRNR y Modelo 210
- Cómo diferir impuestos: traspasos entre fondos y la nueva cuenta Financia Europa
- Modelo 720 y 721: quién debe presentarlos
- Estrategias legales para reducir impuestos (compensar pérdidas, venta escalonada)
Conceptos Básicos: Los Dos Tipos de Rentas de Inversión
Hacienda clasifica los ingresos de inversiones en dos categorías:
1. Ganancias y Pérdidas Patrimoniales
Es el beneficio (o pérdida) al vender un activo:
- Compras acciones por 10.000€ → Vendes por 15.000€ → Ganancia: 5.000€
- Compras ETF por 5.000€ → Vendes por 4.500€ → Pérdida: -500€
Fórmula: Precio Venta - Precio Compra - Comisiones = Ganancia/Pérdida Patrimonial
2. Rendimientos del Capital Mobiliario
Ingresos sin vender el activo:
- Dividendos de acciones
- Intereses de cuentas remuneradas o depósitos
- Cupones de bonos
- Rendimientos de fondos de distribución
💡 Diferencia Clave
Ganancias patrimoniales: Solo tributan cuando VENDES
Rendimientos capital mobiliario: Tributan cuando los RECIBES (aunque no vendas)
Ambos se suman en la base del ahorro y tributan con la misma escala (19% al 30%), pero se declaran en apartados diferentes de la Renta.
Tramos del IRPF en inversiones: cuánto pagas realmente en 2026
Tanto las ganancias patrimoniales como los rendimientos del capital mobiliario van a la base imponible del ahorro y tributan por tramos progresivos. Esta es la escala del artículo 66 de la Ley 35/2006 del IRPF, vigente desde el 1 de enero de 2025 y aplicable a las rentas de 2026 (incluye ya el 27% y el 30% para ganancias muy elevadas, algo que muchas guías antiguas no recogen). Cada tipo se aplica solo a la parte de la renta que cae en ese tramo, no a toda la ganancia.
| Ganancia/Rendimiento | Tipo Impositivo |
|---|---|
| De 0€ a 6.000€ | 19% |
| De 6.000€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.000€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.000€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 30% |
Ejemplo Práctico de Tributación por Tramos
Situación: Vendes acciones con 30.000€ de ganancia
Cálculo:
- Primeros 6.000€ al 19% = 1.140€
- Siguientes 24.000€ al 21% = 5.040€
- Total impuestos: 6.180€
- Ganancia neta: 23.820€
- Tipo efectivo: 20.6%
Escalonar las ventas: si pudieras realizar 6.000€ de ganancia al año durante 5 años, pagarías solo el 19% (5.700€ en total) y ahorrarías 480€. Es un ejemplo simplificado: depende de que el resto de tus rentas del ahorro (dividendos, intereses) no ocupen ya ese primer tramo y de que el aplazamiento te compense.
Los tramos del ahorro son estatales y se suman a todas tus rentas del ahorro del año: ganancias patrimoniales, dividendos, intereses y cupones. Para estimar tu caso concreto puedes usar la calculadora de fiscalidad de ETFs, fondos y acciones.
Fiscalidad del trading en España
Para Hacienda, el trading (comprar y vender acciones, ETFs, derivados o CFDs con frecuencia) no es una actividad con un régimen propio: cada operación genera una ganancia o pérdida patrimonial que se integra en la base imponible del ahorro y tributa con la escala de la tabla anterior (19% a 30%). No hay un tipo distinto por operar a corto plazo ni por hacerlo muchas veces al año. Lo que sí cambia es la carga administrativa: tienes que declarar cada venta con su valor de compra, de venta y los gastos, aplicando el método FIFO (se entienden vendidos primero los valores comprados antes).
Solo si el trading pasa a ser una actividad económica organizada, con medios propios y de forma habitual y profesional, entran en juego el alta como autónomo y otras reglas; ese caso es poco habitual en inversores particulares y conviene consultarlo con un asesor. Si operas con un broker extranjero, recuerda que él no te retiene impuestos ni te envía datos a Hacienda: tienes que declararlo tú. Más detalle en el apartado de cómo declarar cada tipo de inversión.
Compensar pérdidas y la regla de los dos meses
Las ganancias y pérdidas patrimoniales del mismo año se compensan entre sí. Si el resultado es una pérdida, el artículo 49 de la Ley 35/2006 permite compensarla con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses) del mismo año con un límite del 25% de ese saldo, y lo que quede se puede compensar durante los cuatro años siguientes.
Hay una limitación importante, la regla antiaplicación de los dos meses (artículo 33.5 de la misma ley): la pérdida no se computa si has comprado valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a la venta (un año si los valores no cotizan en mercados oficiales). La pérdida no desaparece: se integra a medida que vendas los valores que mantienes. Por eso conviene tenerla en cuenta antes de vender con pérdidas para "cosechar" la minusvalía.
Fiscalidad para inversores extranjeros y no residentes en España
Lo que cuenta es la residencia fiscal, no la nacionalidad. Una persona extranjera que vive en España más de 183 días al año, o que tiene aquí su núcleo principal de intereses económicos, es residente fiscal español y tributa en el IRPF con la misma escala del ahorro que cualquier otro residente. En cambio, un no residente que invierte en activos españoles tributa en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR, modelo 210). El artículo 25 de la ley del IRNR fija un tipo del 19% para dividendos, intereses y ganancias patrimoniales; para otros tipos de rentas, el tipo general es el 24% (19% si el residente lo es de la UE o del Espacio Económico Europeo con intercambio de información tributaria). Existen exenciones y límites según el convenio de doble imposición entre España y el país de residencia, por lo que los casos mixtos conviene consultarlos con la AEAT o con un asesor.
Cómo diferir impuestos con tus inversiones
Diferir no es evitar el impuesto, sino retrasarlo para que el dinero siga invertido y generando rentabilidad. En España la herramienta clásica son los traspasos entre fondos de inversión: puedes pasar de un fondo a otro sin tributar mientras no pases por efectivo. Los ETFs no permiten traspaso fiscal: cualquier venta, aunque reinviertas el dinero al instante, tributa en ese ejercicio. Por eso los fondos indexados son los preferidos para rebalancear la cartera sin coste fiscal. Puedes ver cómo aplicarlo en nuestra guía de fondos indexados y en la de ETFs.
Novedad pendiente: el Real Decreto-ley 26/2026, publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2026 y en vigor desde el 1 de octubre, crea la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa. Dentro de esa cuenta, las ganancias de lo que se venda no se integran en la base imponible hasta que haya una disposición, y las ganancias atribuibles a aportaciones de más de cinco años quedan excluidas de gravamen: el 100% hasta 10.000 € de ganancia y el 20% del resto, con un máximo de 150.000 € de aportaciones pendientes de recuperar. Todavía no se puede contratar (falta una orden ministerial) y, al ser un decreto-ley, debe ser convalidado por el Congreso, así que podría cambiar. Fuente: BOE.
Cómo Declarar Cada Tipo de Inversión
📈 Acciones y ETFs
Cuándo declaras: Al vender (no mientras mantienes)
Dónde declaras:
- Casilla 389: Ganancias y pérdidas patrimoniales
- Tu broker español envía datos a Hacienda (aparecen pre-rellenados)
- Broker extranjero: Debes rellenar manualmente
Qué incluir:
- Precio compra (incluyendo comisiones de compra)
- Precio venta (restando comisiones de venta)
- Fecha compra y fecha venta
⚠️ Error Frecuente
Declarar el importe total vendido en vez de solo la ganancia. Si vendes 15.000€ pero compraste por 10.000€, solo tributan los 5.000€ de ganancia, NO los 15.000€.
💼 Fondos de Inversión e Indexados
Cuándo declaras:
- Al vender a efectivo (reembolso) → SÍ declaras
- Al traspasar a otro fondo → NO declaras (diferimiento fiscal)
La Ventaja Fiscal BRUTAL de los Fondos en España:
🎁 Traspasos Sin Tributar
Puedes cambiar de un fondo a otro sin pagar impuestos. La ganancia se difiere hasta que vendas a efectivo (puede ser décadas después).
Ejemplo Real:
Tienes 50.000€ en Fondo A con 20.000€ de ganancia acumulada.
Quieres cambiar a Fondo B.
Con ETFs:
Vendes ETF A → Pagas 19-21% sobre 20.000€ = 3.800-4.200€ de impuestos
Te quedan 46.000€ para reinvertir en ETF B
Con Fondos Indexados:
Traspasas Fondo A → Fondo B → 0€ de impuestos
Te quedan 50.000€ invertidos (4.000€ más trabajando para ti)
En 20 años al 7% anual, esos 4.000€ extra valen 15.480€. Esta es la ventaja compuesta del diferimiento fiscal. Aprende más sobre el poder del interés compuesto.
Dónde declaras fondos:
- Casilla 389: Ganancias al reembolsar
- Casilla 027: Dividendos si es fondo de distribución
💰 Dividendos de Acciones y ETFs
Cuándo declaras: Cuando los recibes (tributan ese año, aunque reinviertas)
Dónde declaras: Casilla 027 - Rendimientos del capital mobiliario
Dividendos Extranjeros (USA, Irlanda):
- Sufren retención del 15% en origen (país extranjero)
- En España tributan al 19-30% según tramos
- Puedes deducir el 15% retenido en casilla 588 para evitar doble imposición
💡 Estrategia: ETFs de Acumulación
ETF Distribución: Reparte dividendos → Tributan cada año → Pierdes compuesto
ETF Acumulación: Reinvierte dividendos automáticamente → No tributa hasta vender
Ejemplo: iShares MSCI World (IWDA) - Acumulación vs (IWDD) - Distribución. Elige siempre acumulación para diferir impuestos.
₿ Criptomonedas
Novedad 2026: Hacienda ha endurecido el control sobre criptomonedas.
Cuándo declaras:
- Al vender cripto por euros → SÍ declaras ganancia
- Al intercambiar BTC → ETH → SÍ declaras (cambio normativo 2026)
- Staking, airdrops, yield farming → Tributan como rendimiento capital mobiliario
Dónde declaras:
- Casilla 389: Ganancias por venta o swap
- Casilla 027: Staking rewards, airdrops
⚠️ Exchanges Extranjeros
Binance, Coinbase, Kraken NO envían datos automáticamente a Hacienda española (por ahora). PERO:
- Desde 2026, exchanges deben reportar a la UE (MiCA regulation)
- Hacienda tiene herramientas de trazabilidad blockchain
- No declarar es alto riesgo: multas del 150% + posible delito fiscal
Recomendación: Usa exchange con reporting fiscal (Bit2Me, Binance España) o lleva control manual con software especializado.
Modelo 720: Declaración de Bienes en el Extranjero
El Modelo 720 es una declaración informativa (no pagas impuestos directamente, solo informas).
¿Quién Debe Presentarlo?
Si a 31 de diciembre tienes más de 50.000€ en:
- Cuentas bancarias en el extranjero
- Valores/inversiones en brokers extranjeros (Interactive Brokers, DEGIRO, Trade Republic, eToro)
- Inmuebles en el extranjero
¿Cuándo Presentarlo?
Plazo: Del 1 de enero al 31 de marzo
¿Qué Pasa Si No Lo Presento?
Desde la Ley 5/2022 ya no aplican las sanciones específicas desproporcionadas del 720 anuladas tras el TJUE: rige el régimen general de la Ley General Tributaria. Sigue siendo obligatorio informar cuando corresponda. Detalle oficial: AEAT – Modelo 720.
Excepciones (NO Requieren Modelo 720)
- Valores y cuentas custodiados en España (p. ej. muchos brokers españoles)
- Si no superas 50.000 € en ninguno de los bloques informativos a 31 de diciembre
- En ejercicios posteriores, las obligaciones de actualización dependen de variaciones significativas (consulta la ficha AEAT)
⚠️ El umbral es por bloque, no “por cuenta”
Los 50.000 € se miran por categoría (p. ej. todos los valores en el extranjero en conjunto). Dividir el mismo patrimonio entre varios brokers extranjeros no evita el 720 si el bloque sigue por encima del umbral. Contrasta siempre tu caso en la AEAT.
Estrategias Fiscales Avanzadas (100% Legales)
1. Tax-Loss Harvesting (Cosecha de Pérdidas Fiscales)
¿Qué es? Vender activos con pérdidas antes del 31 de diciembre para compensar ganancias del mismo año.
Ejemplo:
- Has ganado 10.000€ vendiendo ETF A (tributan 1.900€)
- Tienes acciones B con -3.000€ de pérdida no realizada
- Acción: Vendes acciones B antes del 31/12
- Resultado: Solo tributan 7.000€ (10k - 3k) = Ahorras 570€ de impuestos
Regla importante: Espera al menos 2 meses antes de recomprar el mismo activo. Si recompras inmediatamente, Hacienda puede considerarlo simulación.
2. Venta Escalonada (Tax Bracket Management)
¿Qué es? Vender en varios años para mantenerte en el tramo del 19%.
Ejemplo:
Situación: Tienes 50.000€ de ganancia acumulada
Opción A - Vender Todo:
6.000€ al 19% = 1.140€
44.000€ al 21% = 9.240€
Total impuestos: 10.380€
Opción B - Vender 6.000€/año durante 8 años:
Cada año: 6.000€ al 19% = 1.140€
Total impuestos: 9.120€
Ahorro: 1.260€
3. Diferimiento con Fondos Indexados
¿Qué es? Usar fondos en vez de ETFs para diferir impuestos décadas mediante traspasos.
Estrategia:
- Invierte en Fondo Indexado A
- Cada 5-10 años, traspasa a Fondo B (por ejemplo, para rebalancear o cambiar estrategia)
- 0€ de impuestos en cada traspaso
- Solo pagas al vender a efectivo (puede ser a los 60-70 años, en jubilación con ingresos bajos → tramo 19%)
4. Donación en Vida vs Herencia
Si tienes patrimonio grande y planeas transferirlo a hijos/familiares:
| Opción | Fiscalidad | Ventaja |
|---|---|---|
| Herencia | Impuesto Sucesiones (7-34% según CCAA) + ganancias acumuladas tributan | Bonificaciones por parentesco (hijos 95% bonificado en muchas CCAA) |
| Donación en vida | Impuesto Donaciones (7-34% según CCAA) | Puedes fraccionar donaciones en varios años para optimizar tramos |
Recomendación: Consulta con asesor fiscal especializado. La optimización depende de tu CCAA (Madrid bonifica 99%, Cataluña tributa mucho más).
Errores Que Te Costarán Dinero (o Multas)
❌ Error 1: No Declarar Ganancias de Brokers Extranjeros
Por qué pasa: "Si el broker no está en España, Hacienda no se entera".
Realidad: Intercambio automático de información (CRS/FATCA). Interactive Brokers, DEGIRO, Trade Republic reportan a España desde 2017.
Consecuencia: Carta de Hacienda con recargo 15-20% + intereses + posible multa 50-150%.
❌ Error 2: Declarar Importe Total en Vez de Ganancia
Por qué pasa: Confusión al leer el resumen del broker.
Ejemplo erróneo: Vendes 20.000€ de acciones → Declaras 20.000€ de ganancia (ERROR).
Correcto: Compraste por 15.000€ → Vendes por 20.000€ → Declaras 5.000€ de ganancia.
❌ Error 3: No Compensar Pérdidas con Ganancias
Por qué pasa: No saber que pérdidas y ganancias se compensan.
Ejemplo: Ganas 8.000€ en ETFs y pierdes 2.000€ en acciones. Si no compensas, pagas impuestos sobre 8.000€. Correcto: solo tributan 6.000€.
❌ Error 4: Olvidar el Modelo 720
Por qué pasa: No saber que existe o pensar "son solo 55.000€, no pasa nada".
Consecuencia: Multa mínima 10.000€. No negociable. Aunque sean 50.001€.
❌ Error 5: No Deducir Retenciones Extranjeras
Por qué pasa: Recibir dividendos USA con 15% retenido, pagar otro 19-30% en España, y no deducir el 15%.
Correcto: Rellenar casilla 588 con retenciones extranjeras para evitar doble imposición.
Calendario Fiscal 2026: Fechas Clave
| Fecha Límite | Obligación |
|---|---|
| 31 Marzo 2026 | Modelo 720 (bienes en extranjero) |
| 7 Abril 2026 | Apertura campaña Renta 2025 |
| 30 Junio 2026 | Cierre presentación Renta 2025 |
| 31 Diciembre 2026 | Fecha tope tax-loss harvesting (vender pérdidas para compensar) |
Herramientas Útiles para Declarar
📊 Calculadora de Impuestos sobre Inversiones
Hemos creado una calculadora gratuita que calcula exactamente cuánto pagarás de impuestos según tus ganancias:
- Cálculo automático por tramos progresivos
- Comparador fondos vs ETFs a largo plazo
- Estrategias fiscales personalizadas
📁 Software de Control
- Portfolio Performance (gratis): Tracking multi-broker, control fiscal
- Finizens/Indexa: Roboadvisors con reporting fiscal automático
- TaxScouts: Servicio de declaración Renta especializado en inversiones
Preguntas Frecuentes
¿Cómo tributa el trading en España?
Las ganancias y pérdidas de comprar y vender acciones, ETFs, derivados o CFDs son ganancias y pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible del ahorro del IRPF. Se compensan entre sí cada año, el saldo neto positivo tributa por la escala del ahorro (19% a 30%) y el saldo negativo puede compensarse en los cuatro años siguientes, con un límite del 25% cuando se compensa con rendimientos del capital mobiliario. No hay un tipo distinto por operar a corto plazo.
¿Qué tramos del IRPF se aplican a las inversiones en 2026?
La base del ahorro tributa con la escala del artículo 66 de la Ley 35/2006, vigente desde el 1 de enero de 2025: 19% hasta 6.000 euros, 21% de 6.000 a 50.000 euros, 23% de 50.000 a 200.000 euros, 27% de 200.000 a 300.000 euros y 30% por encima de 300.000 euros. Solo tributa la ganancia (venta menos compra y gastos), no el total vendido. Ejemplo: con 5.000 euros de ganancia, todo tributa al 19%, es decir 950 euros.
¿Cómo tributan los ETFs y los fondos indexados en España?
Ambos tributan como ganancia patrimonial en la base del ahorro cuando vendes o reembolsas (y los dividendos, si el ETF distribuye, como rendimiento del capital mobiliario). La diferencia es el diferimiento: los fondos de inversión permiten traspasar a otro fondo sin tributar mientras no pases a efectivo, mientras que los ETFs no admiten traspaso fiscal y cualquier venta, aunque reinviertas el dinero, tributa en ese ejercicio.
¿Qué es el Modelo 720 y quién debe presentarlo?
Es una declaración informativa (no se paga nada) para residentes fiscales en España con bienes y derechos en el extranjero. Se presenta si el valor de alguno de los tres bloques (cuentas, valores y seguros, inmuebles) supera 50.000 euros a 31 de diciembre, o si ya presentaste y el valor de un bloque aumenta en más de 20.000 euros. El plazo va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente. Las criptomonedas en el extranjero se declaran aparte, en el Modelo 721. Los brokers españoles no generan esta obligación.
¿Cómo tributan los inversores extranjeros o no residentes en España?
Depende de la residencia fiscal, no de la nacionalidad. Quien vive en España más de 183 días al año o tiene aquí su núcleo principal de intereses económicos es residente fiscal y tributa en el IRPF por la escala del ahorro (19% a 30%). Un no residente que invierte en activos españoles tributa en el IRNR (Modelo 210): el 19% en dividendos, intereses y ganancias patrimoniales, con posibles exenciones y límites según el convenio de doble imposición. Los casos mixtos conviene consultarlos con la AEAT o un asesor.
¿Puedo compensar pérdidas de inversiones con ganancias y qué es la regla de los dos meses?
Sí. Las pérdidas patrimoniales del año se compensan con las ganancias patrimoniales del mismo año; si sobran, se arrastran cuatro años (con un límite del 25% al compensarlas con dividendos e intereses). Pero la pérdida no se computa si compraste valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a la venta (un año si no cotizan en mercados oficiales): se integra cuando vendas los valores recomprados.
¿Cómo puedo diferir impuestos con mis inversiones?
Con fondos de inversión, traspasando de un fondo a otro sin pasar por efectivo: no hay ganancia patrimonial hasta que reembolses. Los ETFs no permiten traspaso fiscal. El Real Decreto-ley 26/2026 (en vigor desde el 1 de octubre de 2026, pendiente de convalidación) crea la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa, que difiere las ganancias hasta la disposición, pero aún no se puede contratar porque falta la orden ministerial.
¿Tengo que declarar si no he vendido nada?
Las plusvalías no realizadas no tributan: si solo mantienes tus inversiones y no cobras dividendos ni intereses, no hay renta que declarar por ellas. Sí tributan los dividendos e intereses que cobres, las ventas con ganancia y los traspasos entre ETFs o acciones (que son ventas). Aparte, puede existir la obligación informativa del Modelo 720 o 721 si tienes activos en el extranjero por encima de los umbrales.
¿Tengo que declarar si solo tengo 500€ invertidos?
Si no has vendido nada ni recibido dividendos, NO declaras. Solo se declaran operaciones realizadas (ventas, dividendos). El mero hecho de tener inversiones no requiere declaración.
¿Mi broker ya envió los datos a Hacienda, tengo que declarar igual?
SÍ. Aunque los datos estén pre-rellenados, eres responsable de revisar y confirmar. Además, brokers extranjeros NO pre-rellenan (debes añadir manualmente).
¿Puedo usar pérdidas de criptomonedas para compensar ganancias de acciones?
SÍ. Todas las ganancias y pérdidas patrimoniales (acciones, ETFs, fondos, criptos, inmuebles) se compensan entre sí. Útil para tax-loss harvesting.
¿Qué pasa si me equivoco en la declaración?
Puedes presentar declaración complementaria (si declaraste menos de lo que debías) o rectificativa (si declaraste más). Hazlo cuanto antes para minimizar recargos.
¿Necesito un asesor fiscal para declarar inversiones?
Depende:
- Cartera simple (<20.000€, solo acciones/ETFs españoles) → Puedes hacerlo tú con Renta Web
- Broker extranjero, criptos o carteras grandes → Recomendable asesor para evitar errores costosos
- Patrimonio elevado → muy recomendable asesor (no es obligatorio, pero la planificación fiscal suele compensar)
Conclusión: Declara Bien, Optimiza Legal, Duerme Tranquilo
La fiscalidad de inversiones en España no es complicada si entiendes los conceptos básicos:
- ✅ Solo tributan ganancias realizadas (al vender) y dividendos recibidos
- ✅ Tramos progresivos 19-30%, calculados sobre ganancia neta, no sobre total vendido
- ✅ Fondos indexados > ETFs fiscalmente por traspasos sin tributar
- ✅ Modelo 720 si superas 50.000 € en un bloque en el extranjero (ficha AEAT)
- ✅ Estrategias legales: tax-loss harvesting, venta escalonada, diferimiento con fondos
🎯 Tu Plan de Acción
- Usa la calculadora para estimar tus impuestos → Calculadora Impuestos
- Recopila documentación: Resúmenes anuales de brokers (sección "Tax Documents")
- Identifica compensaciones: ¿Tienes pérdidas que compensar con ganancias?
- Modelo 720: Comprueba si superas 50k€ en extranjero
- Presenta antes del 30 junio (o contrata asesor si tu caso es complejo)
Invertir es el camino hacia la libertad financiera. Declarar correctamente es el camino para conservar esa libertad sin sorpresas de Hacienda.